La protección de datos en Propiedades Horizontales es obligatoria.
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La Superintendencia de Industria y Comercio aclara que edificios de oficinas o conjuntos residenciales que se someten al régimen de propiedad horizontal son personas jurídicas responsables del tratamiento de los datos que recolectan, almacenan y usan de todas las personas que ingresan a sus instalaciones, sean residentes, empleados, visitantes o cualquier persona (titular del dato).
Por lo tanto, están obligados a cumplir lo estipulado en la Constitución Política de Colombia y leyes como la 1581 de 2012 o la 1266 de 2008 (según sea el caso) y las respectivas disposiciones que indique la ley.
Por ejemplo, la ley 1581 de 2012, tiene por objeto «Desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política; así como el derecho a la información consagrado en el artículo 20 de la misma».
Por consiguiente y según el ente regulador, las propiedades horizontales y cualquier Responsable del tratamiento al momento de solicitar la autorización del Titular deberán informarle a las personas de manera clara y expresa lo siguiente:
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El tratamiento al cual serán sometidos sus datos personales y la finalidad del mismo.
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El carácter facultativo de la respuesta a las preguntas que le sean hechas, cuando éstas versen sobre datos sensibles o sobre menores de edad.
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Los derechos que le asisten como titular.
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La identificación, dirección física o electrónica y teléfono del responsable del tratamiento.
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Cuando se recolectan datos sensibles se debe advertir lo siguiente: Que, por tratarse de datos sensibles la persona no está obligada a autorizar su tratamiento.
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Cuáles de los datos que serán objeto de tratamiento son sensibles.
Considerando la importancia de poner en práctica en propiedad horizontal la normatividad sobre protección de datos, Compartimos para ti administrador o miembro de consejo directivo la Guía para el Tratamiento de Datos Personales en la Propiedad Horizontal, recientemente expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio, que constituye una herramienta muy útil para orientar el cumplimiento de la regulación vigente en esta materia.
Esta guía tiene como objeto presentar algunas recomendaciones y sugerencias a quienes recolectan o tratan Datos Personales en los edificios o conjuntos de uso residencial, comercial o mixto sometidos al régimen de propiedad horizontal, sea de manera directa o a través de terceros como empresas de seguridad con miras a orientarlos para que cumplan correctamente la regulación sobre el Tratamiento de los mismos y, de esta manera, respeten los derechos de las personas.